viernes, 23 de octubre de 2009

DENOMINACIONES

Al principio se denominan Leyes Obreras, porque el Estado era una especie de gendarme laboral que corregía injusticias laborales: prohíbe el trabajo nocturno de mujeres, reduce la jornada de trabajo, etc. Luego dicta leyes relacionadas con la salud y vivienda: que se llaman Leyes Sociales.

Las denominaciones se dan en 3 etapas:
1° ETAPA. Llamadas Legislación Obrera, Legislación Social del Trabajo, Legislación Industrial. Es este último es rechazado porque es muy extensa, abarca también las marcas, patentes, etc.
2° ETAPA. Luego se denomina Derecho Nuevo que es abandonada por su denso desarrollo doctrinal.
3° ETAPA. Empieza la codificación, la legislación es clara, alcanza autonomía científica. Se denomina
· Derecho Social, es abandonada porque todo Derecho en el fondo es social, es para la sociedad.
· Derecho Obrero, es muy restringido porque a medida que se desarrollaba fue protegiendo a trabajadores del agro, a los independientes, a los técnicos, etc. Es rechazado.
· Derecho de Clase alude a la clase obrera, pero hoy este Derecho es para todos los trabajadores. Es abandonado.
· En Italia el Fascismo lo denomina Derecho Sindical o Corporativo; por lo sindical estaría en el Derecho del Trabajo, por lo corporativo en el Derecho Público. Se promovía la alianza y cooperación entre el empleador y el trabajador, ambos organizarían sindicatos profesionales. Esta denominación es relegado al olvido.
· Derecho del Trabajo, es aceptado universalmente porque defiende su objeto: la prestación de trabajo subordinado y dependiente. Derecho Laboral es usado como su sinónimo.

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